jueves, 19 de marzo de 2015

Disputa entre inquilinos y propietarios por viviendas en zonas inundadas

Tras el fenómeno climático comenzaron a surgir problemas como quién debe correr con los daños en las casas afectadas por el agua. Desde el Colegio de Corredores Inmobiliarios brindaron instructivos a las inmobiliarias.

Los damnificados de las zonas inundadas continúan con su calvario. Y es que con el paso del agua no sólo perdieron gran parte de sus bienes personales sino que comenzaron a surgir problemas en los casos de tratarse de inquilinos.

La controversia se genera a la hora de determinar a quién corresponde la reparación de daños ocasionados por la inundación, sobre todo cuando las pérdidas del inmueble no fueron totales.

Al respecto, Edgardo Calas, presidente del Colegio de Corredores Inmobiliarios de Córdoba, señaló que recibieron numerosas consultas por parte de inmobiliarias de zonas inundadas.

“Estuvimos consultando con los abogados de la institución, y en caso que no esté especificado en los contratos, debe regirse por el Código Civil”, explicó Calas.

“En los casos en que se ha perdido todo, ninguno de los dos tiene que hacer un resarcimiento económico, las pérdidas se ocasionan por un factor ajeno al inquilino, cuando la pérdida es parcial depende de la habitabilidad del lugar”, añadió.

El Colegio envió por este motivo un instructivo a las inmobiliarias que señala los pasos a seguir en caso de tener que actuar jurídicamente.

Calas agregó que en caso de tener que dejar el domicilio, el inquilino no debe pagar la rescisión del contrato ya que se da por terminada la vinculación.

Sin embargo, la mayoría de las discusiones radican en los casos intermedios en los que pudo afectarse parte del mobiliario de la vivienda, sin ser pérdidas totales.

“En esos casos se debe entablar una negociación con el propietario, el inquilino puede pagar esos costos y después se le hace el descuento del alquiler, pero el inquilino no puede asumir un costo de algo que no provocó”, añadió Calas.

Por su parte, Martín de la Cámara de Corredores Inmobiliarios señaló que “se trata de causas de fuerza mayor, es como cuando viene un terremoto el inquilino no puede pagar una casa nueva, es una catástrofe”.

“En este caso cuando son daños por inundación no puede responder el inquilino”, añadió Dahan.

Destacó, sin embargo, que en cada caso en particular después hay que negociar con el propietario la forma de cubrir esos gastos.

En cuanto a los casos en que los inquilinos deben dejar las viviendas por los daños, Dahan señaló que la rescisión del contrato depende de la habitabilidad del domicilio.

“Si el agua rompió el mobiliario, o no podes seguir viviendo ahí no podes rescindir un contrato, se va sin pagar, pero en el caso que la casa esté dañada pero no tanto y necesite arreglos menores si el inquilino por miedo o lo que sea decide abandonar la casa, se debe pagar”, explicó.

Dahan manifestó que se han recibido numerosas consultas, aunque en la mayoría de los casos se ha llegado a arreglos particulares entre las partes, por una cuestión de solidaridad las inmobiliarias han tratado de conseguirles otros lugares y nos e les cobra la comisión por ejemplo”.

Fuente:
Disputa entre inquilinos y propietarios por viviendas en zonas inundadas, 18/03/15, La Mañana de Córdoba.

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