Detectaron
volcamientos de cromo hexavalente en dos curtiembres de camino a
Chacra de la Merced. Al menos dos familias lo relacionan con
enfermedades. Un fiscal interviene de oficio.
por Javier Cámara
No era sólo el
olor. Las clausuras y los allanamientos realizados en las últimas
semanas en dos curtiembres ubicadas en el camino a Chacra de la
Merced, a la altura del kilómetro 3 y 1/2, en el degradado extremo
este de la ciudad de Córdoba, permitieron a las autoridades advertir
que el problema no era sólo el olor nauseabundo que emanaba de esos
establecimientos.
Una alta fuente
judicial aseguró que está prácticamente confirmado que en las
muestras de líquidos y de suelo tomadas en el predio y cerca de las
curtiembres se encontró cromo hexavalente.
De acuerdo con la
calificación de la Agencia Internacional para la Investigación del
Cáncer (Iarc), que depende de la Organización Mundial de la Salud
(OMS), el cromo hexavalente es una sustancia cancerígena por
ingestión, inhalación o absorción a través de la piel.
Lo que más
preocupación ha provocado en los investigadores es que los efluentes
de las dos instalaciones (distantes 150 metros una de la otra) son
volcados, desde hace varios años, en un canal y en una pequeña
laguna que desaguan en el río Suquía.
La investigación
La Fiscalía de
Distrito 3 Turno 6, a cargo de Carlos Matheu, investiga de oficio la
probable comisión del delito de contaminación por parte de los
propietarios de estos establecimientos.
Fuentes
judiciales informaron que el Centro de Investigación en Ingeniería
Química Ambiental, de la Universidad Tecnológica Nacional (UTN),
entregará en breve el resultado final de los análisis de las
muestras secuestradas semanas atrás. No obstante, adelantaron que un
informe preliminar reveló un resultado positivo acerca de la
presencia de la sustancia.
En distintos
procedimientos, el Ministerio Público Fiscal de la Provincia, la
Policía Ambiental y la Justicia de Faltas de la Municipalidad de
Córdoba clausuraron los dos establecimientos e identificaron a los
dueños o responsables como Carlos Alberto Zelaya y Jorge Ricardo
Gawuryn.
En el caso de
Gawuryn, hace casi una década que desarrolla esta actividad a pesar
de las permanentes denuncias de vecinos. En el Boletín Oficial de la
Provincia de Córdoba del 14 de febrero de 2008 se publicó una
resolución del Ministerio de Obras y Servicios Públicos a través
de la cual se le imponía una multa por no haber cumplido con
emplazamientos “para regularizar la descarga de efluentes
líquidos”.
Cuando un
fotoperiodista de este diario se acercó al establecimiento de
Gawuryn para recabar información, un individuo salió y profirió
insultos. Le achacó a La Voz que la información publicada en
febrero pasado “dejó a varias familias sin trabajo”.
Con Zelaya, el
dueño de la otra curtiembre que trabaja hace cuatro años en varios
galpones deteriorados, no hubo comunicación.
Testigos con
miedo
En la Fiscalía
de Matheu ya se recogieron más de 15 testimonios de vecinos.
Aportaron información coincidente acerca de lo complicado que
resulta vivir en ese sector a raíz del hedor que emana de las
curtiembres.
Además, al menos
dos familiares denunciaron y exhibieron en la Fiscalía certificados
médicos de chicos que presentan problemas neurológicos y renales.
Fuentes del
Ministerio Público señalaron que todavía no se ha podido
establecer una relación directa de las patologías denunciadas con
las emanaciones y la actividad de las curtiembres, pero no lo
descartaron.
Este diario habló
con los integrantes de tres familias damnificadas. Pidieron no ser
identificados por temor a represalias.
“Aquí no se
vive con normalidad porque no se puede respirar con normalidad”,
dijo una de las vecinas. Y agregó: “Las alergias y las erupciones
en la piel las padecemos todos”.
Para otra, “el
olor es insoportable y se agrava los días de lluvia o con mucha
humedad porque el agua corre en los canales y remueve la podredumbre
que tiran”.
Coincidió con
otro vecino, que contó que denunciaron esta situación “desde hace
años”.
Por otra parte,
desde la Justicia de Faltas de la Municipalidad confirmaron que
ninguno de los empleados de las firmas está registrado. La Fiscalía
también investiga esta situación.
Cómo es el
procedimiento para curtir cuero
El proceso
comienza con la compra de cuero de animales recién faenados a
frigoríficos o a establecimientos ganaderos. Eso llega en camiones
que usan el camino a Chacra de la Merced donde no hay controles
ruteros.
De acuerdo con
testimonios, en los establecimientos investigados se trabaja de
manera idéntica.
El proceso
comienza con la compra de cuero de animales recién faenados a
frigoríficos o a establecimientos ganaderos. Eso llega en camiones
que usan el camino a Chacra de la Merced donde no hay controles
ruteros.
Los cueros llegan
muchas veces con sangre animal que se pudre y exhala olor. El segundo
paso consiste en introducir las pieles vacunas a “fulones”
(cilindros que parecen lavarropas gigantes).
Allí se les
coloca sulfuro que quita del cuero todo el pelaje. Luego se agrega
ácido y cromo que completa la “limpieza”. La sustancia restante
se vuelca en canales a cielo abierto.
Qué dice la ley
Detectaron
volcamientos de cromo hexavalente en dos curtiembres de camino a
Chacra de la Merced. Está descripto en tres artículos de la Ley
Nacional de Residuos Peligrosos 24.051.
El delito de
contaminación ambiental está descripto en tres artículos de la Ley
Nacional de Residuos Peligrosos 24.051.
Artículo 55°.
Señala que “será reprimido con las mismas penas establecidas en
el artículo 200 del Código Penal, el que, utilizando los residuos a
que se refiere la presente ley, envenenare, adulterare o contaminare
de un modo peligroso para la salud, el suelo, el agua, la atmósfera
o el ambiente en general”. Agrega el mismo artículo que “si el
hecho fuere seguido de la muerte de alguna persona, la pena será de
10 a 25 años de reclusión o prisión”.
Artículo 56º.
Prevé prisión “cuando alguno de los hechos previstos en el
artículo anterior fuere cometido por imprudencia o negligencia o por
impericia en el propio arte o profesión”.
Artículo 57°.
Señala detalles al respecto: “Cuando alguno de los hechos
previstos en los dos artículos anteriores se hubiesen producido por
decisión de una persona jurídica, la pena se aplicará a los
directores, gerentes, síndicos, miembros del consejo de vigilancia,
administradores, mandatarios o, representantes”.
Fuentes:
Javier Cámara, Investigan contaminación con un cancerígeno en cercanías del Suquía, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.
Cómo es el procedimiento para curtir cuero, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.
Qué dice la ley, 12/03/17, La Voz del Interior. Consultado 13/03/17.
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