sábado, 11 de marzo de 2017

Ley de bosques: un conflicto con historia. Entrevista a Cristian Schneider

Desde Aguatrae hablamos con Cristian Schneider, miembro de la Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo y de la Asociación para la Conservación y el Estudio de la Naturaleza, sobre el proceso de actualización de la Ley 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba.

por Lisandro Agost

Aguatrae (At): ¿Qué es la Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo?

Cristian Schneider (C.S.): La Coordinadora en Defensa del Bosque Nativo surge a fines de noviembre del año pasado debido a la coyuntura en la que se encontraron diversas organizaciones por la presentación del proyecto de actualización de la Ley 9.814 de Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Córdoba, del oficialismo provincial. Si bien este hecho consolida y da origen a la Coordinadora, este es un proceso de confluencia de organizaciones que no se sienten representadas por el gobierno en la discusión de las temáticas referentes a la conservación y recuperación del bosque nativo, ya que desde hace casi dos años vienen trabajando a puertas cerradas, sin brindar casi información, sin generar los espacios legítimos de debate y trabajo en el territorio.

En la actualidad, son siete regionales provinciales, valle de Paravachasca, Punilla, Sierras Chicas, Ciudad de Córdoba, el noroeste de Córdoba, Traslasierras, y del sur provincial, con más de 80 organizaciones que participan activamente.

At: ¿En qué consiste el proceso de actualización de la Ley Provincial de Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos (Ley 9.814)?

C.S.: Es un proceso administrativo que se debe cumplir en el marco de la ley nacional (Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos). Cada cinco años las provincias deben revisar sus ordenamientos territoriales y actualizar el mapa de zonificación, adecuando los criterios de la ley nacional a dichas actualizaciones.

At: Con respecto al proyecto presentado en la legislatura por el oficialismo, ¿cuáles son los puntos conflictivos y/o polémicos para la Coordinadora?

C.S.: Dicho proyecto de ley no cumplió con el proceso participativo que demanda la ley nacional, por lo que no puede entrar un proyecto de un bloque legislativo sin que el Ejecutivo provincial haya convocado a dicho proceso de ordenamiento territorial en función del trabajo de la Unidad Ejecutora, que se debe conformar por la Secretaría de Ambiente de la provincia, que es la autoridad de aplicación.

La Secretaria de Ambiente debe convocar el proceso por el cual se darán talleres, reuniones, espacios de trabajo y de consenso para que todos los actores provinciales decidan los criterios de uso y protección de los bosques nativos. Estos actores pueden ser académicos, entes gubernamentales, grupos empresariales, entidades civiles, ONGs, comunidades, entre otros, que deben participar para elaborar en conjunto un proyecto de actualización del mapa. Este se debe presentar a la legislatura para que sea aprobado y así convertido en ley.

Si este proceso participativo no se cumple, como lo dictamina la ley nacional, la Nación no la va a acreditar, por lo cual la provincia no va acceder, entre otras cosas, a los fondos económicos necesarios para la conservación de los bosques nativos.

Es importante destacar que este proceso participativo no es una instancia sólo de consulta, es una mesa de trabajo para consensuar y decidir los términos de la actualización de la ley, del mapa y los criterios de conservación.

Además, otra crítica al proyecto oficial es que cambia la Autoridad de Aplicación de la Secretaria de Ambiente a la de Ciencia y Técnica, un ente que no es de control, que no es administrador del bosque nativo. Dicha secretaría no tiene experiencia y técnicos en el manejo y gestión de los bosques nativos, por lo que consideramos que se trata de una maniobra tendenciosa que busca correr el eje de la toma de decisiones.

Otro punto importante es que el proyecto presentado no poseía mapa de ordenamiento territorial, el cual es fundamental para visualizar la zonificación de cada región de la provincia.

At: ¿Estos son los principales argumentos de oposición al proyecto oficialista?

C.S.: No, estos son sólo algunos de los puntos críticos del proyecto oficialista, que tiene muchas otras falencias, tanto técnicas como procedimentales. Por esto, no sólo desde la Coordinadora, sino también desde numerosas instituciones y organizaciones académicas y civiles, se considera que no cumple con los requisitos de la ley nacional.

Analizando el texto completo del proyecto presentado por el oficialismo, podemos afirmar que este no es un proyecto de actualización, sino más bien de cambio total de la ley 9.814, con espíritu de facilitar el cambio de uso del suelo para poder implementar modelos productivos intensivos agro-ganaderos, así como el avance de los proyectos inmobiliarios, en distintas zonas de la provincia.

Con todo esto, se evidencia que se intentó modificar la ley por debajo de los pisos establecidos en la ley actual. Esto se manifiesta en que no se haya publicado el mapa de zonificación y que el texto habilite el cambio de uso del suelo en zonas previamente categorizadas para la conservación de bosques. Claramente está violando el principio de no regresividad ambiental, establecido por ley nacional, ya que no se pueden establecer estándares de conservación por debajo de los fijados en la ley provincial 9.814, aprobada en el año 2010.

Información de contexto
La ley nacional 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de los Bosques Nativos, fue aprobada en el año 2007, promulgada y reglamentada en 2009. Es una norma de alcance nacional que establece los presupuestos mínimos de protección ambiental para el enriquecimiento, la restauración, conservación, aprovechamiento y manejo sostenible de los bosques nativos, y de los servicios ambientales que éstos brindan a la sociedad. Entre otros puntos establece que:

- La prohibición de cualquier tipo de desmonte hasta que cada provincia realice un Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos participativo.

- La obligatoriedad, una vez realizado cada ordenamiento territorial provincial, de realizar un Estudio de Impacto Ambiental y una audiencia pública antes de autorizar un desmonte.

- El respeto a los derechos de las comunidades indígenas y campesinas sobre los bosques que utilizan.

- La prohibición de la quema a cielo abierto de los residuos derivados de desmontes o aprovechamientos sostenibles de bosques nativos.

Además, esta ley establece fondos de fomento para la protección de los bosques nativos y para las actividades que realicen un desarrollo sustentable.

De manera procedimental cada provincia debe zonificar su superficie boscosa de la siguiente manera:

Categoría I (rojo): sectores de muy alto valor de conservación que no deben desmontarse ni utilizarse para la extracción de madera y que deben mantenerse como bosque para siempre. Incluirá las reservas naturales y sus áreas circundantes, que tengan valores biológicos sobresalientes, y/o sitios que protejan cuencas hídricas de importancia (nacientes de ríos y arroyos).

Categoría II (amarillo): sectores de alto o medio valor de conservación, que pueden estar degradados pero que si se los restaura pueden tener un valor alto de conservación. Estas áreas no pueden desmontarse, pero podrán ser sometidos a los siguientes usos: aprovechamiento sostenible, turismo, recolección e investigación científica.

Categoría III (verde): sectores de bajo valor de conservación que pueden transformarse parcialmente o en su totalidad, con la previa realización de una Evaluación de Impacto Ambiental.

En el caso de la provincia de Córdoba, se conformó una Comisión Ordenamiento Territorial del Bosque Nativo de Córdoba (C.O.T.B.N.), que redactó, en un proceso participativo sin precedentes, un proyecto de ley provincial, presentado en una audiencia pública en 2009, siguiendo las normas de la Ley Nacional 26.331.

Dicho proceso no terminó en ley por decisión de la Secretaría de Ambiente de la Provincia y los bloques legislativos de Unión por Córdoba y la U.C.R., con el apoyo de sectores agropecuarios concentrados, que en agosto del 2010 presentaron y aprobaron otro proyecto que se convirtió en la actual Ley 9.814. Esta ley fue cuestionada desde entonces, por numerosas instituciones y la población general, por no respetar la ley nacional. Si bien en la ley provincial actual se introdujeron algunas modificaciones, sigue cuestionada por considerarse inconstitucional y/o ineficiente.

Fuente:
Lisandro Agost, Ley de bosques: un conflicto con historia. Entrevista a Cristian Schneider, marzo 2017, Aguatrae. Consultado 11/03/17.

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