viernes, 30 de marzo de 2018

Jugar con residuos peligrosos: la historia del documento que abrió paso a la instalación de Taym

Imagen del blog Santa María Sin Basura

El documento fue emitido el 28 de noviembre del año 2000 y permitió suplir el certificado de no inundabilidad del predio en el cual se iba a construir una planta de tratamiento de residuos peligrosos en la zona de Alto El Durazno, a pocos kilómetros de la capital cordobesa y de la planta de potabilización de agua que se levanta al sur de la ciudad.

por Fabián García

El que juega con fuego se puede quemar” dice una máxima popular. El que juega con residuos peligrosos puede contaminar y poner en peligro a miles de personas, se podría construir para este caso. La planta de tratamiento de residuos peligrosos de Taym, perteneciente a Benito Roggio Ambiental (BRA), uno de los grupos económicos más grandes del país se levantó en una zona inundable y el drama se produjo 17 años después de que se iniciarán los planes de instalación, el 28 de marzo de 2017. Ese día, una lluvia torrencial en la zona de Alta Gracia anegó parte de esa ciudad junto a otros pequeños pueblos como Villa Parque Santa Ana, y el drenaje del agua acumulada siguió el camino natural de las pendientes de la región hasta llegar al lugar donde se levantaba la planta de Taym. Virtualmente la atravesó por el medio, la inundó, desbordó fosas abiertas con lixiviados de las fosas de enterramiento y arrastró residuos electrónicos y químicos incorrectamente almacenados, algunos de ellos a la intemperie. Todo ese coctel químico fue llevado por la corriente de agua que rompió un dique de protección y desembocó en el canal que lleva agua dulce del lago Los Molinos a la planta de potabilización de Aguas Cordobesas, también propiedad del Grupo Roggio. Esa planta potabilizadora abastece al 30% de los 1,2 millones de habitantes de la capital provincial. La toma de muestras de agua del canal, el 29, arrojó que había herbicidas, metales pesados, aceites, nafta de avión y otros contaminantes. Se presume que buena parte de ellos podrían haber tenido origen en la planta de Taym. La ruta de las contaminantes es lo que investiga lentamente la Justicia provincial un año después.

La compañía del grupo Roggio se dedicaba en la planta de Taym, a 15 kilómetros de la ciudad de Córdoba, a almacenar, tratar y enterrar desechos industriales de todo el país; como barros contaminados de minas, DDT, envases de glifosato, asbesto, baterías de plomo, níquel, cadmio y litio, cenizas ácidas de calderas, barros contaminados con hidrocarburos, drogas y medicamentos vencidos, entre otros productos. Hoy, el predio se encuentra clausurado preventivamente porque se le realizan tareas de remediación.

El documento que puede considerarse esencial para abrir las puertas de la aprobación de la instalación de la planta es un informe técnico que emitió la Dirección Provincial de Agua y Saneamiento (DiPAS) el 28 de noviembre de 2000. A partir de la entrega del documento, al día siguiente, el 29 de noviembre, la Agencia Córdoba Ambiente dio la autorización para construir la planta. Según las fuentes consultadas, la DiPAS habría sido la encargada de zanjar el diferendo a partir de las presiones que habría ejercido el grupo Roggio sobre el propio gobierno provincial, en ese momento encabezado por José Manuel De la Sota.

Como publicó Enredacción en su edición del 28 de marzo de 2018, la planta de Taym se construyó en una zona que se sabía que era inundable y que por lo tanto no permitía su puesta en funcionamiento. Ahora publicamos el documento que los vecinos de Villa Parque Santa Ana difundieron en el blog Santa María sin basura y que este sitio corroboró que forma parte del expediente judicial que tramita el fiscal Alejandro Peralta Otonello.

El documento en cuestión lleva la firma del actual ministro de Ambiente, Agua y Servicios Públicos de la Provincia, Fabián López, en ese momento (año 2000) director de DiPAS, y del subdirector de la misma dependencia, el ingeniero Miguel Soto.


Qué dice el documento
La relevancia de este documento es que permite a las instancias siguientes sustituir o enmascarar la falta de “un certificado de no inundabilidad” a pesar de que el informe de la DiPAS afirma que no puede dictaminar sobre ese tema, sino “respecto al drenaje natural en general”. López y Soto advierten en el final de su escrito que “es necesario destacar que los inconvenientes, daños y perjuicios que este diseño hidrológico y/o obras a proyectar, ocasionaran a terceros serán de exclusiva cuenta de la firma recurrente y no tendrán derecho a reclamo ante esta DiPAS”. Es decir, apuntan sobre eventuales consecuencias y, a su vez, abordan la posibilidad de implicancias jurídicas, sin embargo, Enredacción no pudo hallar un dictamen que apoye esa enunciación legal en la documentación a la que tuvo acceso.

En su introducción afirma que “visto la documentación técnica presentada por la Consultora Ingeniería Laboral y Ambiental S.A, para la empresa Taym S.A., que ha encarado un proyecto de un sistema de disposición final de Residuos Peligrosos, donde se solicita “un dictamen por parte del Dpto. Recursos Hídricos, validando los estudios en relación con la característica de no inundabilidad del área de trabajo”, y el informe realizado por el sector hidrología, esta DIPAS no puede dictaminar respecto a la no inundabilidad del terreno, pero sí realizar el informe técnico respecto al drenaje natural en general”.

Luego admite el riesgo existente en la zona, pero como una mera descripción. Dice: “Que el área en estudio se encuentra en una zona con drenaje natural libre con características litológicas y geomorfológicas que pueden llegar a presentar problemas de erosión hídrica frente a la posibilidad de fenómenos hidrológicos extremos (lo que sucedió el 28 de marzo de 2017, el destacado es nuestro)”.

En el cierre remata diciendo que “por todo lo analizado anteriormente no existirían inconvenientes respecto al escurrimiento superficial desde el punto de vista global. (…) Asimismo, es necesario destacar que los inconvenientes, daños y perjuicios que este diseño hidrológico y/o obras a proyectar, ocasionaran a terceros serán de exclusiva cuenta de la firma recurrente y no tendrán derecho a reclamo ante esta DIPAS”.

La historia del expediente
La presentación -detallada por los vecinos de Villa Parque Santa Ana en el blog Santa María sin basura- que hizo Roggio ante la Agencia Córdoba Ambiente fue para construir una Planta de tratamiento y disposición final de residuos peligrosos y se efectuó en el año 2000. El expediente incluía un Estudio de Impacto Ambiental realizado por la consultora Ingeniería Laboral y Ambiental S.A. En el punto 4-2 Geología, Geomorfología, Hidrología, el informe advierte que las pendientes y geomorfología del área “son colectoras naturales de agua de precipitación”; que el predio “Presenta en su parte central una zona deprimida, anegable (…)”. Y Concluye que “el terreno en cuestión se ubica en un área que posee un drenaje natural libre y por sus características litológicas y geomorfológicas puede presentar problemas de erosión hídrica (…)”. También advierte sobre suelos colapsables, existencia de paleocauces y mallines.

El trámite se empantana porque la empresa debe presentar un certificado de “no inundabilidad”, como condición para obtener la licencia ambiental. Pero como señala la nota de la DIPAS, el Departamento de Recursos Hídricos no lo expide y luego de una serie de idas y vueltas, será la DIPAS quien terminará emitiendo el controvertido informe.

Al día siguiente de la emisión del informe -detalla el blog citado-, el 29 de noviembre, la Dra. Mirtha Nasseta, por la Agencia Córdoba Ciencia, el Geol. Favián Leynaud, como Director de Minería, la Bióloga Alicia Zigarán, Dir. de Em. y Coord. Sanitaria; el Arq. Ricardo Peri, por la Agencia Córdoba Ambiente; Ester Plomer, por DAS, Ing. María Inés Pardiñas, por la Agencia Córdoba Ambiente y el Arq. Alberto Salguero, Dirección de Vivienda, firmaron el dictamen técnico Nro. 203 dando autorización al aviso de proyecto de la empresa Taym para instalarse en el predio de Alto de Durazno. Allí citan textualmente los exiguos considerandos del “informe técnico” firmado por López y Soto, dándole -de hecho- validez supletoria del certificado de no inundabilidad que la empresa no pudo conseguir del órgano competente. El presidente de la Agencia Córdoba Ambiente, que firma la resolución de autorización del proyecto es el Ingeniero Néstor Bárbaro”.

Fuente:
Fabián García fabian.garcia@enredaccion.com.ar @garciadelapampa, Jugar con residuos peligrosos: la historia del documento que abrió paso a la instalación de Taym, 30/03/18, Enredacción.

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